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  LUNES 13/01/2025
Se atrasa la prisión domiciliaria de La Toretto
El 30 de diciembre del año pasado Felicites Alvite fue beneficiada con la prisión domiciliaria.

La prisión domiciliaria de Felicitas “Toretto” Alvite, la joven acusada de atropellar y matar al motociclista Walter Armand, está atrasada, debido a que se espera un nuevo fallo, confirmó el abogado Flavio Gliemmo, en diálogo con la Agencia Noticias Argentinas.

El 30 de diciembre del año pasado, en vísperas de Año Nuevo, la Sala Tercera de la Cámara de Apelación y Garantías en lo del Departamento Judicial La Plata autorizó a que Alvite cumpla el proceso penal en su domicilio.

En el escrito presentado por el equipo de abogados, se denunció que hubo “arbitrariedad” para “rechazar la morigeración de la prisión preventiva, sin que exista una sola constancia en el expediente que permita determinar la existencia de peligros procesales”.

A dos semanas de dicha resolución, el defensor de la joven informó que todavía no se llevó a cabo su salida, ya que Casación ordenó que la Sala 3 dicte un nuevo fallo conforme a pautas establecidas.

“La prisión domiciliaria está confirmada, sólo falta que se dicte una nueva resolución”, señaló Gliemmo.

De esta manera, la salida de Alvite de la Alcaidía de Melchor Romero todavía no tiene fecha estipulada, y la “tranquilidad” de saber que puede estar en su casa todavía es un sueño.

Por el momento, las autoridades judiciales no anunciaron cuándo comenzará el juicio oral, al cual Alvite llega imputada por el delito de homicidio simple con dolo eventual.

Se espera que junto a Felicitas, también vaya a juicio su amiga Valentina Velázquez. La Justicia la acusa de correr picadas junto con la homicida el 12 de abril de 2024, cuando murió Armand.

“Elevar la presente causa a juicio en los términos del art. 337 del C.P.P, en relación a Felicitas Alvite por el delito de homicidio simple (con dolo eventual) -Hecho I- y Valentina Velázquez en orden al delito de participación en prueba de velocidad o destreza con un vehículo automotor -Hecho II-, previstos en el art. 79 y 193 bis del Código Penal, respectivamente”, señala el fallo.

Comentarios
 
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 16/01/2025 | 11:50 Hs
Enviado por Guason
tan bonita y tan groncha. que desperdicio !
 
 14/01/2025 | 00:50 Hs
Enviado por Pikense
la justicia que usted proclama ... ni conoce el término de justo.. señora valla a barrer la vereda.
 
 13/01/2025 | 14:38 Hs
Enviado por Que vergüenza
Matan y quedan libres?? Encima le dan el privilegio de irse a la casa a pasar las fiestas con la familia mientras la familia del fallecido lo llora.. es una vergüenza la justicia de este país.. desastre total..
 
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