MARTES 17 de Septiembre
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  JUEVES 12/09/2024
Rigutto fue condenado a tres años y seis meses de prisión efectiva
También deberá abonar una multa de 3.000.000 de pesos. El médico forense Juan Carlos Toulouse recibió la pena de cuatro años de prisión.

El Tribunal de Audiencia de Santa Rosa condenó hoy al médico Jorge Luis Rigutto a la pena de tres años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, y al pago de una multa de 3.000.000 de pesos, al considerarlo autor de los delitos de falsificación material de documento privado en cinco oportunidades, como delito continuado, en concurso real con cohecho activo agravado.

Los jueces Gastón Boulenaz, Daniel Sáez Zamora y Aníbal Olié también condenaron al médico forense Juan Carlos Toulouse a la pena de cuatro años de prisión efectiva, inhabilitación perpetua para ejercer la función pública, y al pago de una multa de 3.000.000, como autor de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público, en concurso ideal con tráfico de influencia agravado, por haber realizado tal actividad en relación a un funcionario público y a un juez de la provincia de La Pampa.

También condenaron al médico Ariel Facundo Farías González a un año y seis meses de prisión en suspenso, además de un año y seis meses de inhabilitación especial para el ejercicio de la medicina –en el ámbito público o privado– por ser partícipe necesario del delito de falsificación material de documento privado en una única oportunidad.

Además, el Tribunal les mantuvo las prisiones preventivas a Rigutto y Toulouse oportunamente dispuestas por el juez de control, Carlos Chapalcaz, el 2 de junio del año pasado, hasta la finalización del proceso; aunque ellas serán sustituidas en el primer caso, por la restricción de salida del país y la obligación de fijar domicilio y presentarse diariamente ante la autoridad policial más cercana a su residencia, y en el segundo, por la obligación de fijar domicilio y presentarse semanalmente ante el Ministerio Público Fiscal.

A su vez, se dispuso la detención inmediata de ambos, una vez que el fallo quede firme o pueda ejecutarse.

Por otra parte, la Audiencia absolvió a Rigutto de otras falsedades por documentos suscriptos por Farías, y de hojas de control firmadas por él y el enfermero Rogelio Willian Tejada, y por el beneficio de la duda, por cohecho; y a Toulouse –también por el beneficio de la duda– por falsedad ideológica.

Farías también fue absuelto por los mismos hechos que fueron absueltos Rigutto y Tejada por las hojas de control.

El Tribunal ordenó notificar de la sentencia al Colegio Médico de la Provincia de La Pampa, respecto de las condenas impuestas a Rigutto, Farías González y Toulouse, y a la Fiscalía de Investigaciones Administrativas respecto de Tejada y Toulouse, porque era funcionario público al momento de los hechos.

Por último, los jueces rechazaron los planteos de actividad procesal defectuosa de las intervenciones telefónicas y de la acusación contra Tejada, formulados por las defensas técnicas de los acusados.

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