La Justicia Federal le ordenó al INSSJP -PAMI y Estado Nacional (Ministerio de Salud y Acción Social), que en el término de tres días, provea "los medios necesarios a Elsa Noemí Hoses, el dispositivo de monitorio continuo de glucosa Freestyle Libre, con más los insumos correspondientes, conforme lo detallado por su médica tratante".
De esa manera, el juez Juan José Baric hace lugar a la cautelar presentada por el abogado Juan José Lell, para que sea atendido el requerimiento de Hoses, medida que "se dispone por el término de 90 días, o hasta que se dicte sentencia definitiva, lo que ocurra primero".
Hace unos días, Lell, en representación de Hoses (71 años), formuló la presentación "en los términos del art. 43 de la Constitucion Nacional, art 25 inc.l de la Convención Americana sobre Derechos humanos y de la ley 16.986".
La mujer pampeana, afiliada de PAMI (agencia Santa Rosa) promovió una acción de amparo, pidiendo que la Justicia le ordene a la obra social de los jubilados, que "de manera urgente e inmediata arbitre todos los medios necesarios para la cobertura del 100% del dispositivo de monitoreo continuo de glucosa FreeStyle Libre del Laboratorio Abbott", de manera que pueda cumplir con "el adecuado tratamiento" de su cuadro de diabetes.
Lell -hijo de la demandante- explicó la situación. "Mi madre, en todos estos años, calculamos que más de 60 mil veces se pinchado los dedos para poder saber el valor de glucemia que tenía, y luego, una vez más para poder inyectarse insulina. Con el sensor que debe proveer -PAMI en este caso, pero podría ser cualquier otra obra social-, debería realizarse una sola punción cada 14 días".
Así fue que se hizo la presentación ante la Justicia Federal, para que hiciera lugar a la demanda de amparo, y ordene a PAMI cubrir el 100% de los sensores. Ahora lo que sí hacen, es proveer tiras reactivas, que es un procedimiento mucho más antiguo, y obliga a pincharse los dedos. Eso, más el pinchazo para inyectarse insulina. Mi madre (la señora Hoses) en este período ha sufrido dos internaciones en coma, y tuvo parálisis facial por diabetes".
Ministerio de Salud
Lell recordó en el recurso que "el propio ministerio de Salud de la Nación ordenó a través de la resolución 2820/2022, que todas las obras sociales, las privadas y las públicas, cumplan con el artículo 5° de esa normativa, que dice que 'deberán establecer los procedimientos administrativos necesarios, a fin de garantizar la provisión de medicamentos e insumos', pero en este caso, es el propio Estado (PAMI) que no cumple. Desde allí han respondido como excusa que lo que se solicita no lo tienen en el vademecum", dijo el profesional.
El juez Juan José Baric advirtió que "en la documentación" presentada por la actora, "obra constancia de haber realizado el reclamo administrativo". Por eso resolvió "acceder a la medida solicitada. Al respecto, es del caso destacar que la actitud de la demandada", advirtiendo que PAMI al no proveerle el dispositivo de monitoreo continuo de glucosa necesario e indicado por la profesional interviniente, está colocando en serio riesgo la salud y calidad de vida de la señora Hoses, más teniendo en cuenta las patologías que padece: Diabetes Mellitus Tipo I -con variaciones abruptas de la glucemia-, Neuropatía Diabética e Hipotiroidismo). Aparece como evidente que con ello se conculcan los derechos a la integridad física, psíquica y la protección a la salud, consagrado en el art. 42 de la Constitución Nacional, y por sobre todo, el Derecho a la Vida consagrado en el "Pacto de San José de Costa Rica", incorporado a nuestra Carta magna a través de la reforma de 1994".
Se beneficiarían más diabéticos
El abogado Juan José Lell, quien presentó la cautelar en la Justicia Federal, señaló que es el primer caso en el país en el que la obra social PAMI es obligada a cubrir el dispositivo requerido.
El profesional -su madre Elsa Hosés es la persona afectada- explicó que "la cautelar es para quien la interpone, pero ante esto, es evidente que lo van a tener que hacer general, porque está basada en una resolución del Ministerio de Salud de la Nación. En la resolución 2820/2022, se dispone de esa manera, porque tal vez antes que se venga una catarata de juicios, lo que van a hacer, considero, es extenderlo a todos los que cumplan los requisitos".
Agregó que lo ha llamado otra gente que está en la misma situación, para que formule amparos en su nombre, pero "yo les contestaba que antes tenía que salir esta decisión de la Justicia Federal. Esto se lo expliqué a varias personas, y les dije que esta cuestión no es para mí un tema de plata. En realidad tengo una gran alegría, y de verdad espero que toda la gente diabética que está en esta situación, sea atendida en su reclamo".
(Fuente: La Arena)