La jueza además, le revocó la condicionalidad de una condena anterior, impuesta el 18 de octubre de 2024, y se la unificó con la actual condena, componiendo la pena única de un año y siete meses de prisión de efectivo cumplimiento.
La sentencia fue dictada en el marco de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por el fiscal Damián Campos, el defensor Alejandro Caram y el imputado. La víctima, al ser informada sobre los alcances del acuerdo, prestó su conformidad.
Las pruebas aportadas en la causa permitieron establecer que el 11 de noviembre de 2024, Emanuel Ezequiel Falcón, previo a saltar el portón corredizo de 1,90 metros de alto, ingresó a un domicilio de esta ciudad, y tras dañar varias aberturas de la vivienda, logró ingresar por la parte trasera de la misma -donde se encuentra la habitación principal-.
Tras ello, sustrajo la suma de U$D 4.800 y $152.000, resultando aprehendido por personal policial en el momento en que se disponía a egresar de dicha vivienda, con las sumas de dinero indicadas en su poder.
Sobre la sanción a aplicar al imputado, la jueza agregó que “el acuerdo entre las partes establece un límite que el juez no puede sobrepasar, según lo dispuesto en el artículo 369 del C.P.P”.