VIERNES 21 de Febrero
VIERNES 21 de Febrero // GENERAL PICO, LA PAMPA
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  LUNES 17/02/2025
Agredió a su pareja, escapó de la provincia y ahora fue condenado
Había cruzado el puente hacia La Adela, golpeó a su compañera y escapó hacia Río Colorado.

Una pareja que vive en la localidad rionegrina de Río Colorado cruzó el puente hacia La Adela, y comenzó a caminar por la avenida Costanera.

Se inició una discusión, el hombre golpeó fuertemente a la mujer, e inmediatamente huyó corriendo hacia la provincia vecina. Luego de un exhorto, le allanaron la casa, fue detenido, y este lunes lo condenaron.

El hecho ocurrió el 21 de diciembre casi a la medianoche, cuando Cristian Xavier Caminoa –que ese día cumplía años– agredió a su pareja con golpes de puño en la cara, la nariz y los brazos, y le provocó traumatismos y una lesión nasal.

Horas después, el juez de control de General Acha, Diego Ariel Asin, a pedido del fiscal Juan Bautista Méndez, envió un exhorto a sus pares de Río Colorado para que allanasen el domicilio del imputado, y lo detengan. El 23 a la tarde, Caminoa, de 33 años, fue aprehendido y trasladado a General Acha.

Hoy, la jueza de control achense, Laura Alejandra Moscoso Mendieta, homologó el acuerdo de juicio abreviado, y condenó al acusado a seis meses de prisión en suspenso como autor del delito de lesiones leves, en un contexto de violencia de género, y en el marco de la ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres.

Además, le impuso el cumplimiento de las siguientes reglas de conducta durante dos años: fijar residencia; someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras; abstenerse de relacionarse con la víctima, y cesar cualquier acto de perturbación e intimación hacia ella; no concurrir a los domicilios de la madre y la tía de la mujer; realizar un tratamiento psicológico, y no usar estupefacientes ni abusar de las bebidas alcohólicas.

El abreviado fue acordado por el fiscal Méndez, el defensor oficial Claudio Martínez Sabio y el propio imputado, quien aceptó su culpabilidad. Entre las pruebas que se tuvieron en consideración para acreditar el hecho, pueden mencionarse certificados médicos, declaraciones testimoniales e informes policiales. La denunciante, al ser informada sobre los alcances de ese acuerdo, dio su conformidad.

La magistrada recordó en la sentencia que el Código Procesal Penal de La Pampa impide a los jueces y juezas, en los juicios abreviados, imponer penas superiores o más graves que las solicitadas por el Ministerio Público Fiscal.

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