El Gobierno aprobó por decreto modificaciones a la Ley de Lealtad Comercial, aprobada en 1983, en busca de regular la competencia en el comercio. Se endurecerán los controles a los supermercados y las grandes empresas para cuidar los "precios esenciales".
La norma, publicada en el Boletín Oficial, nace con el objetivo de "asegurar la lealtad y transparencia en las relaciones comerciales y garantizar el acceso a información esencial sobre los productos y servicios comercializados", con sanciones que van desde multas hasta la clausura por 30 días de los establecimientos.
A través del decreto 274/2019, de necesidad y urgencia, con la firma del presidente Mauricio Macri y de todos los ministros, se prohíben los actos de competencia desleal "cualquiera sea la forma que adopten, el medio a través del cual se realicen y el mercado en el que tengan lugar".
La ley precisa que no será necesario acreditar la generación de un daño, el cual podría ser actual o potencial.
Esta reglamentación se suma a las medidas anunciadas la semana pasada por el Gobierno nacional en busca de contener la inflación de cara a las próximas elecciones. La Casa Rosada acordó con los supermercados y las grandes empresas el congelamiento de precios por seis meses de 64 productos de la canasta básica y la ampliación del plan de Precios Cuidados. También sumaron descuentos para jubilados y beneficiarios de AUH
En la conferencia de la semana pasada, el ministro de Producción, Dante Sica, ya había anunciado que la Casa Rosada tendría "más poder sancionatorio". De acuerdo con el decreto, constituye un acto de competencia desleal "toda acción u omisión que, por medios indebidos, resulte objetivamente apta para afectar la posición competitiva de una persona o el adecuado funcionamiento del proceso competitivo".
Por otra parte, el Gobierno prohibió "la realización de cualquier clase de presentación, de publicidad o propaganda que mediante inexactitudes u ocultamientos pueda inducir al error, engaño o confusión”.
La ley no permite actos como el ofrecimiento o entrega de premios o regalos en razón directa o indirecta de la compra de mercaderías o la contratación de servicios, cuando los premios o regalos estén sujetos a la intervención del azar.
Tampoco se autoriza a promover u organizar concursos, certámenes o sorteos de cualquier naturaleza, en los que la participación esté condicionada en todo o en parte a la adquisición de un producto o a la contratación de un servicio.
No se podrá entregar dinero o bienes a título de rescate de envases, de medios de acondicionamiento, de partes integrantes de ellos o del producto vendido, cuando el valor entregado supere el corriente de los objetos rescatados o el que éstos tengan para quien los recupere.
(Perfil)