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  LUNES 11/03/2019
Condenado por portación de arma de fuego sin autorización
La justicia piquense condenó a José Antonio Quiroga, de 24 años de edad.

La jueza de control de General Pico, María Jimena Cardoso, condenó hoy a José Antonio Quiroga como autor material y penalmente responsable del delito de portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal.

La pena es de un año de prisión de efectivo cumplimiento e inhabilitación especial para tenencia y portación de armas de fuego de uso civil, por el lapso de veinticuatro meses.

Además, la jueza le unificó la pena impuesta en la sentencia con una pena anterior de tres años de prisión de efectivo cumplimiento, impuesta  el 29 de abril de 2016, componiendo la pena única de veintiocho meses de prisión de efectivo cumplimiento. También lo declaró reincidente.  

De esta manera, le revocó la libertad condicional que venía gozando el condenado otorgada con fecha de 16 de noviembre de 2016 por el juez de ejecución penal.

El hecho que diera origen a la causa consistió en que el día 27 de octubre de 2018, en el marco de un procedimiento policial iniciado por disturbios en una vivienda de esta ciudad, y con posterioridad a la detención de varios ciudadanos que se encontraban en la misma -cuyas causas se tramitaron en otro legajo-, el imputado Quiroga recibió un arma de fuego, calibre 32 con seis municiones en el interior del tambor,  de manos de otra persona que fue demorada. Quiroga, de 24 años, se profugó por el patio trasero de la casa y descartando el arma. Al final, fue aprehendido por personal policial.

La sentencia fue dictada a consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por la fiscal María Verónica Campo, el defensor particular Abel Tanus Mafud y el propio imputado, quien reconoció su culpabilidad.

La magistrada expresó que “resulta evidente la figura de portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal (previsto en el art. 189 bis, inciso segundo, párrafo tercero, del CP), ya que además de la tenencia y/o el transporte del arma, se cumplen los recaudos legales de la figura propuesta: que el arma sea apta (para el disparo, su uso específico) y que se halle cargada al momento del hecho. Todas estas circunstancias certifican la posibilidad de uso inmediato del arma por parte del imputado.”

Por último, la jueza ordenó el decomiso del arma de fuego secuestrada en el procedimiento.

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