SÁBADO 22 de Febrero
SÁBADO 22 de Febrero // GENERAL PICO, LA PAMPA
Seguinos en
Compartir
Twittear
  LUNES 30/07/2018
Condenado por estafa y falsificación de cheques: había comprado 100 terneros
De acuerdo a la sentencia del juez Alejandro Gilardenghi, el imputado deberá cumplir con tres años de prisión condicional.

Este lunes, el juez de control Alejandro Gilardenghi condenó a Aldo Hugo Gallo, de 55 años, como autor material y penalmente responsable de los delitos de estafa y falsificación de instrumentos privados, a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional.

Además, el magistrado le impuso las siguientes reglas de conducta que deberá cumplir por el término de dos años: “fijar domicilio o residencia, y no ausentarse del mismo o modificarlo sin dar aviso previamente al Juez de Ejecución Penal y al fiscal; y someterse a la observancia de las reglas de conducta por el Juez de Ejecución Penal, y al cuidado y contralor del Ente de Políticas Socializadoras”.

 

Los hechos

El 6 de junio de 2017, el imputado compró a nombre de una empresa de la que era su apoderado, a cinco damnificados y a través de intermediarios, 53 terneras y 47 terneros de raza mestiza. Gallo entregó para el pago de los mismos cuatro cheques de la empresa a la que representaba por la suma total de $ 646.694.

Los cheques, al ser presentados al cobro carecían de fondos; además el imputado reconoció haber realizado la firma del presidente de la empresa.

Con posterioridad a dicha compra, vendió los animales por un precio menor a una firma de San Luis y a otra de Córdoba. Gallo simuló la solvencia de la empresa, de la cual era apoderado con amplios poderes de administración y disposición, de acuerdo a lo informado por su presidente en el concurso preventivo de la misma empresa.

 

El fallo de Gilardenghi

El juez afirmó que el imputado falsificó los cheques que utilizó para consumar la estafa al realizar la firma de el empresario presidente de la empresa de la que era el apoderado y aprovechó los amplios poderes de administración y disposición que surgen de ese cargo para gestionar la compra de los 100 animales a través de intermediarios, y su posterior venta a un precio menor al que los había comprado.

“Queda claro que la única finalidad de toda esta operatoria, fue obtener un rédito o lucro indebido, dado que Gallo conocía de antemano que los cheques librados, en virtud de resultar apócrifos, no iban a surtir efectos jurídicos”, argumentó Gilardenghi.

Más adelante, el magistrado también afirmó que “el delito de estafa se configuró a partir del ardid o engaño realizado por el acusado, que simuló solvencia económica frente a los damnificados con la utilización de los cheques apócrifos, y de esa manera indujo a error a los legítimos propietarios de los animales, que engañados en su buena fe hicieron entrega voluntariamente de los mismos, en la errónea creencia de que se trataba de una operación comercial legítima”.

“La decisión acordada por las partes no se afectan el acceso a la justicia y la tutela judicial efectiva -más bien ocurre lo contrario-, dado que aún en el hipotético caso de finalizarse este proceso de un modo ordinario, en un eventual juicio oral y público -y no con la salida alternativa que aquí se presentó-, la sentencia que recaería, sería similar o idéntica a la acordada por las partes”, concluyó.

Comentarios
 
ACLARACIÓN: No se publicarán insultos, agravios, ni cualquier otro texto con términos injuriosos.
Tampoco se publicarán comentarios con mayúscula fija.
No observar estas condiciones obligará a la eliminación automática de los mensajes.
 
Escriba su comentario



Diseño y diagramación: A P