La invocación de la realización del trámite de patentamiento, sin la correspondiente chapa patente colocada en al automóvil, invalida que pueda circular por la vía pública, sea urbana o rural.
En este sentido, procediéndose a la carencia de dicho elemento, se realizará la retención preventiva acorde a lo determinado a la Ley Nacional de Tránsito en su artículo 72.
Respecto a los comercios de ventas de unidades nuevas, los automotores deben ser trasladarlos solo de un lado a otro dentro de la ciudad, sea del depósito o un lugar de venta, obligatoriamente en trasportes habilitados para tal fin.
El ministro de Seguridad Juan Carlos Tierno constató ayer, sobre la avenida circunvalación de Santa Rosa, el desplazamiento de vehículos carentes de patentes. En tanto, se procedió a la retención del automotor, como así también de todo tipo de documentación obligatoria para circular.