El Tribunal de Audiencia de Santa Rosa condenó este mediodía a los cuatro docentes de 25 de Mayo porque dio por probado que al menos tres chicos del Jardín de Infantes 12 fueron abusados sexualmente.
Marcelo Tatavitto Roade fue condenado a 18 años de prision, María José Tello a 3 años y 6 meses de prisión, Oscar López a 7 años y María Angélica Bastías a 7 años. "Se comprobó así que no fue una causa armada", dijo el querellante Armando Agüero.
Los imputados no concurrieron a la audiencia, ante el temor de ser agredidos por manifestantes. Sí estuvieron en la sala de audiencia siete de los padres. Afuera, hubo una manifestación de unas 40 personas, según consignó Diario Textual.
La sentencia fue firmada por Gastón Boulenaz, Andrés Olié y Gabriel Tedín. Fue dada a conocer hoy al mediodía, luego de la feria judicial. Este se convirtió en el juicio más extenso del año pasado, con la cifra récord de 120 testigos a lo largo de cuatro semanas y 102 horas de debate.
El fiscal Juan Bautista Méndez había pedido duras penas: que se condene a 25 años a Marcelo Tatavitto Roade como autor de seis abusos sexuales a niños del jardín de infantes 12 de 25 de Mayo; 22 años para María José Tello por cinco hechos; y 10 años para Oscar Aníbal López y María Angélica Bastías por un hecho.
En la causa llegaron imputados Tatavitto (54 años), Oscar Aníbal López (54), María José Tello (30) y María Angélica Bastías (34).
Según los fiscales, los abusos se habrían concretado en 2014 y 2015 en el baño de la Coordinación Secundario Zona Sur –que junto al JIN funcionaba en el edificio de la Escuela Especial– y en una chacra de Tatavitto.
En esta investigación, Tatavitto llegó imputado del delito de abuso sexual con sometimiento sexual gravemente ultrajante para las víctimas por sus circunstancias de realización, en concurso real, en cinco oportunidades, agravándose solo en relación al hecho cometido en perjuicio de uno de los menores por resultar un grave daño en la salud mental de la víctima; en concurso ideal con el delito de promoción de la corrupción de menores agravado respecto a esa víctima.
Tello fue juzgada por el mismo delito, pero como partícipe necesaria, es decir entregadora o facilitadora, en concurso ideal con el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público.
A su vez, en otro hecho, López y Tatavitto fueron imputados como coautores de abuso sexual con sometimiento sexual gravemente ultrajante para la víctima por sus circunstancias de realización, en concurso ideal con el delito de promoción de corrupción de menores, agravado respecto de un menor. Y por ese mismo hecho Bastías fue acusada cometer los mismos delitos que Tello ya que ambas eran las maestras jardineras y los abusos se habrían cometido en los horarios en que ellas estaban a cargo de los niños.